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Extranjeros fuera de lo común

JEFFREY GOLDMAN
JOHN GALLINI

TESTA, HURWITZ & THIBEAULT, LLP.
BOSTON (MASSACHUSSETS), EE.UU.

12 DE OCTUBRE, 2001


"No hay listas de espera, sin embargo, para los visados de inmigración con preferencia prioritaria (EB-1)".

 

 

Nuestro cliente, Lei, un ingeniero químico doctorado en China, acudió para realizar una consulta. Lei está en Estados Unidos como trabajador temporal con estatus H-1B, empleado por una importante empresa bio-farmacéutica muy reconocida por sus logros en investigación y desarrollo. Lei había decidido quedarse en EE.UU. y quería saber cómo podía obtener la residencia permanente de pleno derecho (es decir, su "green card" [permiso de residencia]). Sus empleadores habían decidido respaldar su petición de residencia permanente presentando una solicitud de "certificación laboral". Ésta es la vía que sigue la mayoría de los científicos extranjeros para conseguir el permiso de residencia. Lei nos explicó que sus empleadores tenían plena confianza en que pudiese satisfacer los criterios para la certificación laboral: demostrar, por medio de la continuada oferta de ese puesto de trabajo, que no había trabajadores estadounidenses capacitados ni disponibles para suplir a Lei.

Sin embargo, Lei tenía sus reservas. En primer lugar, Lei no tenía intención de permanecer más que otro año con sus actuales empleadores; tenía entendido que debía seguir con la empresa que le respaldaba durante 3 ó 4 años por lo menos, en caso de haber obtenido el permiso de residencia con el proceso de certificación laboral. En segundo lugar, quería conseguir el permiso lo antes posible, pues su hija mayor pronto cumpliría 21 años y Lei sabía que el único modo de asegurarle a su hija el permiso de residencia era obtener el suyo propio antes de que ella cumpliese los 21.

Lei acudió a nosotros en busca de consejo. ¿Debía aceptar la oferta de sus empleadores para iniciar el proceso de certificación laboral? ¿O había otra forma, mejor y más rápida, de obtener el permiso de residencia?

El proceso de inmigración está lleno de confusión e incertidumbre, y buena parte de los científicos de nacionalidad extranjera que trabajan en EE.UU. con visados de no-inmigrante conocen por experiencia el dilema de Lei. Así, como primera parte de una serie de tres artículos que examina las alternativas a ese proceso tan largo y arduo, este artículo se centra en un tipo de visado de inmigrante muy especializado: "Extranjeros con capacidades extraordinarias".

La residencia permanente en Estados Unidos se obtiene normalmente con uno de los siguientes métodos: respaldo familiar o respaldo por parte de los empleadores. La clasificación "Extranjeros con capacidades extraordinarias" pertenece a la categoría laboral con mayor preferencia, también conocida como "EB-1". Es la categoría con mayor preferencia ya que quedar reservada para personas de origen extranjero con un gran potencial para influir decisiva y positivamente en la sociedad estadounidense: científicos, artistas y hombres de negocios excepcionales; investigadores de renombre; y ejecutivos y directivos de empresas multinacionales. El segundo nivel de preferencia incluye a extranjeros que o bien son excepcionales en sus ámbitos respectivos, o bien poseen altas titulaciones. La tercera preferencia se dedica a los trabajadores cualificados. El número de personas de origen extranjero a las que cada año se le otorga el estatus de residente permanente de pleno derecho, por medio de solicitudes basadas en el empleo, se restringe a 140.000, sin que ningún país pueda exceder los 9.800 de esta cantidad total. Con frecuencia, esto desemboca en largas listas de espera para los incluidos en segunda o tercera preferencia de origen chino o hindú, dos países que exceden con regularidad anual su cuota de permisos de residencia. No hay listas de espera, sin embargo, para los visados de inmigración con preferencia prioritaria.

Tras comprobar que Lei no tenía familiares inmediatos con ciudadanía estadounidense o con estatus de residentes permanentes de pleno derecho, nos centramos en las categorías de visados para inmigrantes basadas en el empleo. La categoría de "Extranjeros con capacidades extraordinarias" es una de las pocas exentas del requisito de respaldo laboral (otra de ellas, "Exención por interés nacional", se considera en el próximo artículo de esta serie). Lei estaba muy interesado en la categoría de "capacidades extraordinarias", pues podía obtener el permiso de residencia con la sola ayuda de sus propios méritos, sin la incertidumbre del empleo continuado. Lei no debía hacer otra cosa que probar su intención de continuar su trabajo en Estados Unidos en el área en la que se le reconocía como poseedor de "capacidades extraordinarias".

La normativa del Servicio Nacional de Inmigración (INS) define la "capacidad extraordinaria" como un nivel de conocimiento y experiencia indicador de que la persona en cuestión es "alguien entre el pequeño porcentaje de los que han ascendido a lo más alto en su ámbito de trabajo". La persona de origen extranjero ha de probar "el buen reconocimiento nacional o internacional de su trabajo y que sus logros han sido apreciados por los expertos del mismo ámbito". Esto se puede probar con un "logro único", como haber conseguido el premio Nobel, o reuniendo al menos tres de los diez requisitos establecidos.



Los diez criterios para lograr el estatus de "capacidades extraordinarias":

1- El solicitante ha recibido premios o galardones, reconocidos nacional o internacionalmente, a la excelencia en su ámbito de trabajo.

2- El solicitante ha sido propuesto y elegido como miembro de asociaciones de su ámbito que requieren a sus afiliados logros sobresalientes ratificados por los expertos en su ámbito.

3- El solicitante ha merecido la atención de trabajos escritos u otros trabajos aparecidos en publicaciones profesionales y comerciales de relieve, o en otros medios de comunicación de gran difusión. El trabajo de investigación del solicitante ha sido citado repetidas veces por otros científicos en sus publicaciones de investigación.

4- El solicitante ha juzgado el trabajo de otros en el ámbito académico: por ejemplo, ha formado parte de comités de evaluación de trabajos de investigación de otros científicos para revistas de relieve. El solicitante ha participado en la organización de conferencias o simposios importantes, y ha participado en la selección de los ponentes.

5- El solicitante ha efectuado una contribución original de relieve y continuado interés para su ámbito de investigación.

6- El solicitante ha sido el autor o coautor de artículos académicos publicados en revistas profesionales y comerciales de relieve, o en otros medios de difusión.

7- El solicitante ha mostrado su trabajo en exposiciones o muestras artísticas. (El Servicio Nacional de Inmigración ha declarado que este requisito sólo se aplica a los artistas, pero puede ser defendido creativamente para el caso de científicos que presentan pósters en conferencias importantes).

8- El solicitante ha desempeñado cargos de importancia en organizaciones de distinguida reputación.

9- El solicitante percibe un salario o remuneración muy alta en comparación con otras personas en su ámbito. (Esto no se aplica tanto a los científicos como a los artistas del espectáculo).

10- El solicitante dispone de "otras pruebas análogas" para indicar su ascensión a lo más alto en su campo.

Tras confirmar que Lei no había obtenido el premio Nobel recientemente, examinamos los requisitos restantes. Si Lei demostraba que reunía al menos tres de la decena de requisitos (véase la tabla),podíamos solicitar su inclusión como "extranjero con capacidades extraordinarias". La aprobación de la solicitud en esta categoría no es automática, precisa de pruebas convincentes para demostrar que el solicitante está entre los pocos del pequeño porcentaje que ha llegado a lo más alto.

La mera satisfacción de tres requisitos entre los diez establecidos no conlleva la aprobación automática de la solicitud. El Servicio Nacional de Inmigración ha declarado en numerosas ocasiones que con sólo adjuntar pruebas de cumplimiento de tres requisitos no se prueba de modo incontrovertible la "capacidad extraordinaria". Proseguir en esta categoría de visado para inmigrantes no es muy sensato, a menos que se tenga la certeza razonable de disponer de pruebas de peso en apoyo de la solicitud.

Una solicitud bien preparada ha de incluir lo siguiente:

-Una introducción y una breve presentación del área científica especializada en la que al individuo de origen extranjero se le ha de reconocer la "capacidad extraordinaria".

El primer paso para mostrar que el solicitante se halla entre "el pequeño porcentaje que ha llegado a lo más alto" es reducir el campo de especialidad. El ámbito de trabajo de Lei es la ingeniería química: un campo amplio con numerosas sub-especialidades. Sin embargo, el conocimiento y la reputación de Lei está en el ámbito específico del transporte de ácidos grasos y el metabolismo de los lípidos. Nos centramos en dicha sub-especialidad y preparamos una presentación somera de ese ámbito en términos accesibles para cualquier persona, subrayando la importancia de ese campo especializado y cómo afecta a la vida cotidiana.

-Cartas de recomendación de científicos, académicos u hombres de negocios que, en virtud de su propio conocimiento y reputación nacional o internacional, están en una posición privilegiada para ofrecer opiniones expertas.

Las cartas de recomendación remitidas por expertos relacionados de alguna manera con el ámbito de trabajo del científico de origen extranjero constituyen la prueba documental básica para ratificar la capacidad extraordinaria del solicitante. Las cartas de expertos reconocidos, acompañadas de su propio currículo o de otra información biográfica destacando su distinción o prominencia, son un componente imprescindible de la petición por "capacidades extraordinarias". Las cartas pueden tener mucho peso, y en casos de duda, suelen inclinar la balanza favorablemente.

Es muy importante que dichas cartas se redacten cuidadosamente. Un experto que en una carta de recomendación describe al solicitante como "una estrella ascendente en este campo" puede hacer más daño que bien, pues el requisito especifica que el científico de origen extranjero ya sea "uno entre los pocos que han llegado a lo más alto". De modo análogo, una carta en la que un importante cargo del Instituto Nacional de Sanidad aprecia los logros científicos del solicitante por "haber proporcionado valiosos puntos de vista para la erradicación de la metástasis en enfermos de cáncer y haber reorientado el modo de administrar los tratamientos", sin duda inclinará la balanza hacia la aprobación de la solicitud. Aun así, ninguna carta puede conseguir la aprobación por sí misma. Cada una de ellas debe complementarse con las otras y hacer hincapié en el mismo asunto: que el solicitante es un individuo de capacidades extraordinarias en su campo de trabajo.

Una carta de recomendación bien escrita ganará la buena voluntad del funcionario del Servicio Nacional de Inmigración (INS), y dejará clara la capacidad de quien la escribió para hablar del trabajo del solicitante de origen extranjero. Asimismo, representa una oportunidad clave para explicar al INS la relevancia de ese ámbito científico y ensalzar los logros que han contribuido al "reconocimiento nacional o internacional continuado" del solicitante. Las mejores cartas de recomendación han de hacer algo más que repetir simplemente el currículo del investigador extranjero; deben dejar clara la importancia de ciertos premios obtenidos por el científico extranjero, el amplio reconocimiento dispensado por las publicaciones que han acogido sus trabajos, o el evidente prestigio del solicitante como resultado de su mención en un artículo de una publicación importante. Si el científico extranjero ha sido elegido y ratificado en alguna sociedad o academia renombrada, las cartas de recomendación han de mostrar al INS la justa importancia de ese hecho.

-Adjuntar las pruebas fehacientes.

Toda declaración de haber reunido uno de los diez requisitos ha de respaldarse con pruebas concretas, ya sean originales o fotocopias, de los premios, artículos en publicaciones, libros y capítulos de libros, citas de trabajos o artículos que examinan el trabajo del científico extranjero, cartas invitándolo a participar como juez o miembro de un comité de revisión, o justificante de afiliación a sociedades, asociaciones o academias de renombre.

Así pues, proporcionamos a Lei modelos de cartas de recomendación y una lista de indicaciones que debía seguir. Tres semanas más tarde, después de reunir mucha documentación y ponerse en contacto con colegas y profesores, nos envió por correo electrónico ocho borradores de cartas de recomendación escritas por expertos estadounidenses y de todo el mundo. Los revisamos y pedimos a sus autores que nos enviaran la versión corregida.

Poco tiempo después de que Lei presentara su solicitud de "Extranjero con capacidades extraordinarias", el Centro Regional del INS la aprobó. Lei y su familia ya estaban preparados para iniciar los trámites del último paso en el proceso del permiso de residencia: la solicitud de cambiar el estatus a residencia permanente de pleno derecho. Y sólo habían pasado 7 meses desde la consulta inicial.

Jeffrey W. Goldman y John J. Gallini son miembros de Testa, Hurwitz y Thibeault, LLP, de Boston (Massachussets), especializados en asuntos de inmigración. Puede entrar en contacto con ellos en Goldman@tht.com o en Gallini@tht.com.

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